Principio de autonomía
La autonomía expresa la capacidad para darse
normas o reglas a uno mismo sin influencia de presiones externas o internas. El
principio de autonomía tiene un carácter imperativo y debe respetarse como
norma, excepto cuando se dan situaciones en que las personas puedan no ser
autónomas o presenten una autonomía disminuida (personas en estado vegetativo o
con daño cerebral, etc.), en cuyo caso será necesario justificar por qué no
existe autonomía o por qué ésta se encuentra disminuida. En el ámbito médico, el
consentimiento informado
es la máxima expresión de este principio de autonomía, constituyendo un derecho
del paciente y un deber del médico, pues las preferencias y los valores del
enfermo son primordiales desde el punto de vista ético y suponen que el
objetivo del médico es respetar esta autonomía porque se trata de la salud del
paciente.
Principio de beneficencia
Obligación de actuar en beneficio de otros,
promoviendo sus legítimos intereses y suprimiendo prejuicios. En medicina,
promueve el mejor interés del paciente pero sin tener en cuenta la opinión de
éste. Supone que el médico posee una formación y conocimientos de los que el
paciente carece, por lo que aquél sabe (y por tanto, decide) lo más conveniente
para éste. Es decir "todo para el paciente pero sin contar con él".
Un primer obstáculo al analizar este
principio es que desestima la opinión del paciente, primer involucrado y
afectado por la situación, prescindiendo de su opinión debido a su falta de
conocimientos médicos. Sin embargo, las preferencias individuales de médicos y
de pacientes pueden discrepar respecto a qué es perjuicio y qué es beneficio.
Por ello, es difícil defender la primacía de este principio, pues si se toman
decisiones médicas desde éste, se dejan de lado otros principios válidos como
la autonomía o la justicia.
Principio de no maleficencia
Abstenerse intencionadamente de realizar
acciones que puedan causar daño o perjudicar a otros. Es un imperativo ético
válido para todos, no sólo en el ámbito biomédico sino en todos los sectores de
la vida humana. En medicina, sin embargo, este principio debe encontrar una
interpretación adecuada pues a veces las actuaciones médicas dañan para obtener
un bien. Entonces, de lo que se trata es de no perjudicar innecesariamente a
otros. El análisis de este principio va de la mano con el de beneficencia, para
que prevalezca el beneficio sobre el perjuicio.
Las implicaciones médicas del principio de no
maleficencia son varias: tener una formación teórica y práctica rigurosa y
actualizada permanentemente para dedicarse al ejercicio profesional, investigar
sobre tratamientos, procedimientos o terapias nuevas, para mejorar los ya
existentes con objeto de que sean menos dolorosos y lesivos para los pacientes;
avanzar en el tratamiento del dolor; evitar la medicina defensiva y, con ello,
la multiplicación de procedimientos y/o tratamientos innecesarios.
Aparece por primera vez en el Informe Belmont
(1978).
Principio de justicia
Tratar a cada uno como corresponda, con la
finalidad de disminuir las situaciones de desigualdad (ideológica, social,
cultural, económica, etc.). En nuestra sociedad, aunque en el ámbito sanitario
la igualdad entre todos los hombres es sólo una aspiración, se pretende que
todos sean menos desiguales, por lo que se impone la obligación de tratar igual
a los iguales y desigual a los desiguales para disminuir las situaciones de
desigualdad.
El principio de justicia puede desdoblarse en
dos: un principio formal (tratar igual a los iguales y desigual a los
desiguales) y un principio material (determinar las características relevantes
para la distribución de los recursos sanitarios: necesidades personales,
mérito, capacidad económAbel Fabre,ica, esfuerzo personal, etc.).
Fabre Abel, Andorno, Roberto.
PRINCIPIOS BIOETICOS.
FEBRERO 2012
http://es.wikipedia.org/wiki/Bio%C3%A9tica#Principios_fundamentales_de_la_bio.C3.A9tica
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